¿Tienes tecnología Microsoft Dynamics NAV o AX y necesitas adaptarlo al Suministro de Información del IVA? Estás en el lugar correcto.
El próximo 1 de julio de 2018 entrará en vigor una nueva versión de la normativa acerca del Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) obligando a todas las empresas afectadas por esta nueva regulación a adaptarse a los nuevos requerimientos.
Tras el lanzamiento de nuestra solución para adaptar los ERP Microsoft Dynamics al Suministro Inmediato de Información del IVA, ya tenemos listas las nuevas versiones de las soluciones del SII para Dynamics NAV y AX totalmente adaptadas a los nuevos requisitos de la Agencia Tributaria Española que garantizan a nuestros clientes el cumplimiento de la normativa SII.
Legislación Estatal.
- Publicación BOE-A-2018-2690
- Nota Explicativa de AEAT sobre BOE-A-2018-2690
- Publicación correcciones BOE-A-2018-3356
- Publicación descripción Servicio Web v1.1
- Publicación Bloques funcionales v1.1
- Portal SII de AEAT
Particularidades de la Comunidad autónoma País Vasco.
Versiones de NAV soportadas
- 2018
- 2017
- 2016
- 2013
- 2009
- 5.0
Versiones de Axapta soportadas
- 3.0
- 4.0
- 2009
- 2012
La Release que se va a publicar es la 3.0 para Nav y AX. Los Libros de Registro que se cubren en cada una de ellas son:
Estos son los cambios que se van a aplicar sobre la versión 2.0 de la solución, implantada sobre una BBDD estándar Cronus:
Este cambio consiste en una modificación de la descripción en las tablas maestras.
Se creará una nueva clave en la tabla maestra de tipos de facturas recibidas, seleccionable de forma manual en el registro de facturas de compra.
3.- Se incluye una nueva clave en el campo «medio de pago/cobro», será la clave 05 «cobro o pago por domiciliación».
Se creará una nueva clave en la tabla maestra del SII de Forma pago criterio caja, de forma que se pueda seleccionar en el formulario de Formas de pago
4.- Se crean los nuevos tipos de comunicación A5 y A6 para el libro de facturas emitidas. A5 para registrar las devoluciones del IVA de viajeros y A6 si estos registros se tienen que modificar.
Este cambio supone la aplicación de nuevos tipos de comunicación en la tabla maestra destinada a tal efecto. No obstante, nuestra solución no contempla la casuística del régimen de viajeros, por lo que estas claves no tendrían funcionalidad asociada.
5.- Se incluyen periodos trimestrales
Dentro de la tabla maestra del SII Periodos Fiscales se crearán nuevos periodos para los 4 trimestres.
6.- Se modifica el xsd SuministroInformacion.xsd con la versión actual del esquema que es la 1.1
Esta es una modificación que se realizará a nivel de código, identificando el esquema de la nueva versión. No afecta a configuración y es transparente de cara al usuario final, siendo información que se incluye directamente en el XML
7.- Se renombran estas etiquetas:
-
se renombra a se renombra a
-
se renombra a se renombra a
-
se renombra a se renombra a
Estas etiquetas son renombradas y, del mismo modo que el punto anterior, es información que afecta al fichero XML generado por nuestra solución
8.- En el Libro registro de facturas emitidas, dentro del bloque se añade la etiqueta <DetalleExenta> para permitir el desglose del importe exento en función de las distintas causas de exención que pasan a ser compatibles
Para adaptarse a esta modificación de la versión 1.1. es necesario modificar la estructura del XML generado desde el ERP. Ahora una sola factura puede tener distintas causas de exención. Por este motivo es preciso disponer de la posibilidad de detallarlas.
9.- Se añade en los Libros registro de de facturas emitidas, recibidas, bienes de inversión y determinadas operaciones intracomunitarias una etiqueta adicional de contenido libre denominada <RefExterna> con el objetivo de que se pueda añadir información interna de la empresa asociada al registro de la factura.
Se añadirá un nuevo campo dentro de las facturas de compra/venta que recoja la información contenida en esta etiqueta, y se modificará el proceso de generación del XML para añadir la etiqueta correspondiente con la información de dicho campo.
10.- Se crea la etiqueta <Macrodato> en los libros de emitidas y recibidas para identificar aquellas facturas con importe de la factura superior a un umbral de 100.000 euros
Es necesario crear una nueva etiqueta en el fichero XML que se informará en el caso de que la factura supere los 100.000 €. Para identificar este importe se ha creado un campo dentro de los parámetros del SII, donde deberemos informar de la cifra.
11.- Se crea la etiqueta en el libro de facturas expedidas para identificar las facturas completas en las que no es obligatorio identificar al destinatario
Y
Se crea la etiqueta en el libro registro de facturas expedidas y recibidas para identificar las facturas simplificadas que identifican al destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012
Son dos nuevas etiquetas que aplican según el tipo de factura que se esté registrando. En función de ésta se debe habilitar uno de estos dos campos, de manera que el propio usuario pueda seleccionarlo en aquellos casos que proceda hacerlo:
Tipo de factura | Campo a habilitar |
F1, F3, R1, R2, R3 y R4 | Factura simplificada artículo 7.2 y 7.3 |
F2,F4 y R5 | Factura sin identificación destinatario Artículo 6.1.d |
La activación de uno de estos campos incluirá la etiqueta correspondiente en el XML con el valor “S”.
Dado que, si no se informan estas etiquetas, se asume un valor de “N” no es necesario comunicarlas en el caso de que no se activen.
12.- Se crea el «SuministroInmueblesAdicionales.wsdl» que describe el envío de inmuebles adicionales cuando una factura tenga más de 15 inmuebles, que son los permitidos en el envío XML de facturas emitidas. Se enviará un XML específico con el resto de los inmuebles.
Cuando una factura tenga más de 15 inmuebles, que son los permitidos en el envío XML de facturas emitidas, se enviará un XML específico con el resto de los inmuebles. Con este fin se diseñará un nuevo fichero XML con la estructura correspondiente de modo que se envíe en aquellas facturas que tengan más de 15 registros de inmuebles.
En el suministro de Información adicional de Inmuebles no existen operaciones específicas de modificaciones (A1) ni bajas. En cada envío se actualizan los inmuebles adicionales de la factura, es decir, actualiza el sistema con la “foto” del último envío realizado. La respuesta del suministro de Información adicional de Inmuebles es a nivel de factura aceptándose o rechazándose todos los inmuebles suministrados en una factura. Por tanto, o bien se aceptan todos los inmuebles enviados o se rechazan todos los inmuebles de la factura enviada.
13.- Se crea en la respuesta del suministro de información de todos los libros el bloque <RegistroDuplicado>. Este bloque solo se incluirá en la respuesta XML para los registros rechazados por duplicado. De esta manera se puede conocer el estado real del registro dentro del SII
A partir del 1 de Julio, cuando se produce el error de factura duplicada recibiremos información adicional indicando el estado de dicha factura en la AEAT (aceptada o aceptada con errores). Recogeremos esta información y la mostraremos en el ERP junto con el mensaje de error.
- Facturas rectificativas por sustitución: En el libro de facturas emitidas se realizará el envío de cuota y base rectificada a 0 cuando se trate de facturas rectificativas por sustitución.
- Control de País en las compras: Tal y como ya estaba sucediendo en las ventas, se validará el país en el registro de las compras.
- Nuevo estado “Cancelar Envío” en tabla Intermedia: El usuario será capaz de cancelar el envío de determinados documentos en el caso de que se hubieran incluido en el SII por error.
- Optimización pages históricos (claves): Se mejorará las pages con los históricos de documentos para una navegación más ágil.
- Navegar desde Doc del SII: Será posible navegar desde el formulario de Documentos del SII hasta el propio documento registrado.
- Encapsulado Hacienda Foral del País Vasco: El fichero se generará con la estructura adecuada tanto para la AEAT como para las Haciendas Forales.
- Configuración de operaciones No Sujetas: En lugar de configurar el tipo de operación No Sujeta en el registro de IVA negocio, se hará dentro de los propios cruces de IVA.
El SII es el nuevo sistema de suministro de los registros de Facturación de forma inmediata formación con la Sede Electrónica de la AEAT. Esta información tiene una relación directa sobre la gestión del IVA.
No debe confundirse los registros de la Facturación entre terceros, con la declaración de IVA (mensual / trimestral). Aunque su relación está directamente entrelazada con los datos a suministrar de ambas declaraciones.
¿A quién afecta?
- Grandes Empresas. Facturación ejercicio anterior superior a 6.010.121,04 (Haciendas Forales tiene el corte superior a 7.000.000,00€, dependiendo del 75% de operaciones en territorio común).
- Inscritos en el Registro de Devolución mensual (340).
- Grupos de IVA. Empresas que tributa a nivel de Grupo, no de forma individual.
- Restos de empresas de forma voluntaria.
- Hacienda Foral: Obligatoriedad todas las empresas a partir del 01/01/18. Obligatoriedad 01/07/17 para empresas cuyo negocio este en un % (75) de negocio en territorio común.
Modelos sustituidos por SII
- 347 (Operaciones superiores a 3.005,06€)
- 390 (Resumen anual de IVA)
- 340 (Registro de Devolución mensual)
Por lo tanto, estos modelos quedan vigentes, sin cambios a día de hoy, para las empresas exentas de obligatoriedad de presentación del registro de Facturación por el nuevo sistema SII.
La AEAT se adelanta en facilitar un borrador del modelo 303 (Declaración mensual/trimestral IVA) en aquellas empresas cuyos todos sus terceros estén dentro de SII (situación de difícil cumplimento).
Qué se debe presentar
- Libro de Facturas Emitidas de Bienes y Servicios Corrientes.
- Libro de Facturas Recibidas de Bienes y Servicios Corrientes.
- Libro de Bienes de Inversión.
- Libro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias.
Estos 4 libros, antes del nuevo sistema no debían presentarse, a no ser que lo requiriera la AEAT, aunque si debían disponerse de ellos.
Con el SII, la información a incluir para cada una de las tipologías de Libros de Facturas se amplía necesitando el reflejo de datos anteriormente no contemplados (como por ejemplo, en importaciones la referencia del DUA).
Plazos de presentación de la información
Todos los plazos de presentación cuentan a partir del siguiente día de registro, siendo la cuenta en Días naturales omitiendo fines de semana y festivos nacionales.
Facturas Emitidas
Excepciones:
- Facturas emitidas por el destinatario o por un tercero (ejemplo claro la Inversión del Sujeto Pasivo), entonces el plazo de envío es siempre de 8 días naturales.
- Antes del día 16 del mes siguiente al que se produce el devengo del impuesto (atención al devengo del impuesto en operaciones nacionales, según la ley del IVA se realiza a la entrega del producto o servicio, aunque la práctica habitual en las empresas es devengar en la emisión de la factura. En operaciones intracomunitarias a la emisión de la factura).
Facturas Recibidas
Mensajes XML
-
Formato XML. En caso de no superar la validación, se devolverá un mensaje SoapFault, en el que se especificará el error completo.
-
De Negocio. Se devolverá un mensaje de respuesta con el resultado de la validación o de su aceptación o no por la AEAT.
Medio de envío.
- Entorno: Internet.
- Protocolo: HTTPS.
- Mensajes: WS con SOAP 1.1 modo Document.
- Certificado: Las aplicaciones que envían información a las SW debe autenticarse con certificado electrónico del cliente. Esto requiere tener instalado un certificado electrónico reconocido y admitido por la AEAT en el ordenador donde se produzca el envío de la información.
- Firma: Los XML enviados no van firmados.
Configuraciones
Información de empresa
-
Nombre: Razón social del titular del libro.
- CIF/NIF: NIF asociado al titular del Libro / NIF asociado al emisor de la factura.
Grupo contable de negocio
Grupo Registro IVA Producto
Libro facturas Expedidas – Ventas
Datos del Cliente
Los datos necesarios de cumplimiento, en su mayoría existen en MD NAV, salvo el Identificador de “Tipo de identificación”.
- Tipo de identificación: Se añade un nuevo campo, del tipo “Option” a la ficha de cliente para conocer el tipo de Identificación:
ID
|
Comentario
|
02
|
NIF-IVA
|
03
|
Pasaporte
|
04
|
Documento Oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia
|
05
|
Certificado de residencia
|
06
|
Otro documento probatorio
|
- Código País. El Código de país asociado, debe cumplir la normativa ISO 3166-1(alpha 2 codes). En aquellas empresas que actualmente su tabla de Códigos no esté equiparada a la ISO solicitada deben recodificar los valores actuales.
Datos de la Factura – Cabecera
-
Periodo Impositivo: Períodos de presentación de las declaraciones. Mensual (01..12), Anual (0A). Previsión de periodos trimestrales, no activos actualmente (1T..4T). Se añade un nuevo campo para indicar el Periodo Impositivo. Debido a que los periodos impositivos en algunos casos pueden no coincidir con el número de mes natural, este campo queda abierto para que el usuario de forma manual pueda realizar el cambio oportuno.
-
Nº Serie + Nº Factura: Este dato existe en la información actual de MD NAV. Es importante la configuración de este valor, por ser dato único en el sistema, es decir, la configuración de las numeraciones de las facturas debe estar preparada para no repetir el ID (Nº Factura/Abono) incluso entre años diferentes.
-
Fecha Operación: Para poder dar agilidad a las diferentes fechas necesarias, se añade un nuevo campo de fecha para indicar la Fecha de Operación. Su valor por defecto es el mismo que el indicado en la Fecha de Registro.
En función de la casuística de la Operación (Nacional, UE, Export) la fecha de Operación se aplica con criterios distintos. Por ejemplo, en operaciones Intracomunitarias, la fecha de Operación se corresponde a la fecha de la entrega/recepción de la mercancía, y no a la fecha de registro de la factura.
Además, los plazos de fecha de las Operaciones, en función del momento en el tiempo que sucedan, pueden tener oscilación en las fechas, siempre respetando los periodos (16/MM..15/MM+1).
-
Tipo Factura: Se añade un nuevo campo (del tipo “Option”) para indicar el valor correspondiente a la clave del Tipo de Factura. Los valores posibles son:
F1
|
Factura
|
Valor por defecto que se incluye en la cabecera de la factura.
|
F2
|
Factura Simplificada
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura
|
R1
|
Factura Rectificativa
|
Valor por defecto que se incluye en la cabecera del abono
|
R2
|
Factura Rectificativa (Concurso)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
R3
|
Factura Rectificativa (Deuda incobrable)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
R4
|
Factura Rectificativa (Resto)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
R5
|
Factura Rectificativa (Simplificada)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
F3
|
Factura emitida en sustitución
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
F4
|
Asiento resumen de facturas
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
F5
|
Importaciones (DUA)
|
Contabilización del DUA
|
F6
|
Otros
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
- Tipo Rectificativa: Se añade un nuevo campo (del tipo “Option”) en abonos para indicar el valor correspondiente a la clave del Tipo de Rectificativa. Los valores posibles son:
ID
|
Tipo
|
Comentario
|
S
|
Sustitutiva (Por sustitución)
|
Identificación de por sustitución. Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura.
|
I
|
Incremental (Por diferencias)
|
Valor por defecto que se incluye en la cabecera del abono.
|
- Identificación factura rectificada /Fecha de registro factura rectificada: La información de la Factura que rectifica el abono, puede cumplimentarse en el SII siempre que en MD NAV se informe del campo “Nº Factura corregida”.
- Clave Operación (Identificación de Operaciones con trascendencia tributaria). Se crea una nueva tabla para incluir los valores posibles, con las descripciones correspondientes, incorporando en la tabla el texto relacionado con el campo “Descripción de la Operación”. En la cabecera de la factura/abono se incluye un nuevo campo para indicar el valor correspondiente en cada caso.
Expedidas
|
01
|
Operación de régimen general
|
|
02
|
Exportación
|
|
03
|
Operaciones a las que se aplique el régimen especial de bienes usados, objetos de artes, antigüedades y objetos de colección
|
|
04
|
Régimen especial oro de inversión
|
|
05
|
Régimen especial agencias de viajes
|
|
06
|
Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel avanzado)
|
|
07
|
Régimen especial criterio de caja
|
|
08
|
Operaciones sujetas al IPSI / IGIC
|
|
09
|
Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viajes que actúan como mediadoras en nombre y por cuenta ajena
|
|
10
|
Cobros por cuenta a terceros de honorarios profesionales o de derechos derivados de la propiedad industrial de autor u otros por cuenta de sus socios, asociados o colegiados efectuados por sociedades, asociaciones, colegios profesionales u otras entidades que realicen estas funciones de cobro
|
|
11
|
Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas a retención
|
|
12
|
Operaciones de arrendamiento de local de negocio no sujetas a retención
|
|
13
|
Operaciones de arrendamiento de local de negocio sujetas y no sujetas a retención
|
|
14
|
Factura con IVA pendiente de devengo (certificaciones de cobro cuyo destinatario sea una Administración Pública)
|
|
15
|
Factura con IVA pendiente de devengo – Operaciones de tracto sucesivo
|
Recibidas
|
01
|
Operación de régimen general
|
- Datos del inmueble. Se crea una nueva tabla, para cumplimentar e informar de los datos relacionados con el/los inmueble/s incluido/s en la factura. El campo de Id del inmueble, se traza a la cabecera de la factura/abono, dando la posibilidad al usuario de cambiarlo manualmente. Los campos necesarios en la nueva tabla son:
Cód. |
Código del inmueble |
Código identificativo del inmueble |
Cliente |
Código de cliente |
Código de cliente existente en MD NAV relacionado con el Inmueble. Un mismo cliente puede tener más de un inmueble relacionado, por lo que en la cabecera de la transacción debe indicarse el incluido en la factura/abono |
Id |
Situación inmueble |
Los valores posibles en este campo son:
1: En territorio común (español)
2: En territorio país Vasco y Foral de Navarra
3: Sin referencia catastral
4: Extranjero
|
RefCat |
Referencia Catastral |
Referencia Catastral del Inmueble |
- Emitida por terceros: Nuevo campo, del tipo boleano, para indicar de forma manual, si la factura ha sido emitida por un tercero (no informar este campo significa No).
- Varios Destinatarios: Nuevo campo, del tipo boleano, para indicar de forma manual, si la factura ha sido emitida a varios destinatarios (no informar este campo significa No).
Datos de la Factura – Tipo de desglose
Para cada una de las facturas, debe cumplimentarse el Tipo de Desglose de los importes con sus porcentajes de impuesto correspondientes como el Desglose por Tipo de operación.
En el caso de la emisión de facturas en ámbito nacional, debe cumplimentarse el apartado de Desglose Factura, pero en el caso de transacciones de ventas al extranjero es necesario cumplimentar el Desglose del Tipo de Operación (Servicios y Entregas)
El sistema conoce el Tipo de Desglose por la información incluida en los Grupos Registro de IVA.
Desglose Factura (Nacionales)
Sujeto
|
Exenta
|
Causa
|
Causa de la exención (codificado)
|
|
|
Importe
|
Importe en Euros correspondiente a la parte Sujeta / Exenta
|
|
No Exento
|
Tipo
|
Tipo de Operación sujeta no exenta:
S1: Normal
S2: ISP
Hasta 6 desgloses por tipos de IVA diferentes.
|
|
|
Tipo Impositivo
|
% aplicado sobre la BI
|
|
|
Base Imponible
|
Base imponible sobre la cual se aplica el % impositivo
|
|
|
Cuota
|
Cuota resultante de la aplicación del % a la Base imponible
|
|
|
Rec. Equival.
|
% de Recargo de Equivalencia asociado a % IVA
|
|
|
Cuota RE
|
Cuota resultante de aplicar el % de RE
|
No sujeto
|
|
|
Importe en euros si la sujeción es por el art. 7, 14, otros
|
|
|
|
Importe en euros si la sujeción es por operaciones no sujetas al TAI por reglas de localización
|
Desglose Factura (Extranjero)
Servicios
|
Sujeto
|
Exenta
|
Causa
|
Causa de la exención (codificado)
|
|
|
|
Importe
|
Importe en Euros correspondiente a la parte Sujeta / Exenta
|
|
|
No Exento
|
Tipo
|
Tipo de Operación sujeta no exenta:
S1: Normal
S2: ISP
Hasta 6 desgloses por tipos de IVA diferentes.
|
|
|
|
Tipo Impositivo
|
% aplicado sobre la BI
|
|
|
|
Base Imponible
|
Base imponible sobre la cual se aplica el % impositivo
|
|
|
|
Cuota
|
Cuota resultante de la aplicación del % a la Base imponible
|
|
No sujeto
|
|
|
Importe en euros si la sujeción es por el art. 7, 14, otros
|
|
|
|
|
Importe en euros si la sujeción es por operaciones no sujetas al TAI por reglas de localización
|
Entregas
|
Sujeto
|
Exenta
|
Causa
|
Causa de la exención (codificado)
|
|
|
|
Importe
|
Importe en Euros correspondiente a la parte Sujeta / Exenta
|
|
|
No Exento
|
Tipo
|
Tipo de Operación sujeta no exenta:
S1: Normal
S2: ISP
Hasta 6 desgloses por tipos de IVA diferentes.
|
|
|
|
Tipo Impositivo
|
% aplicado sobre la BI
|
|
|
|
Base Imponible
|
Base imponible sobre la cual se aplica el % impositivo
|
|
|
|
Cuota
|
Cuota resultante de la aplicación del % a la Base imponible
|
|
|
|
Rec. Equival.
|
% de Recargo de Equivalencia asociado a % IVA
|
|
|
|
Cuota RE
|
Cuota resultante de aplicar el % de RE
|
|
|
|
|
Importe en euros si la sujeción es por operaciones no sujetas al TAI por reglas de localización
|
|
No sujeto
|
|
|
Importe en euros si la sujeción es por el art. 7, 14, otros
|
- Sujeto
-
No sujeto – No aplica
-
No sujeto con obligatoriedad de declarar SII
-
Exento con las exenciones correspondientes
Libro Facturas Recibidas – Compras
Datos del Proveedor
Los datos necesarios de cumplimiento, en su mayoría existen en MD NAV, salvo el Identificador de “Tipo de identificación”.
- Tipo de identificación: Se añade un nuevo campo, del tipo “Option” a la ficha de proveedor para conocer el tipo de Identificación:
ID
|
Comentario
|
02
|
NIF-IVA
|
03
|
Pasaporte
|
04
|
Documento Oficial de identificación expedido por el país o territorio de residencia
|
05
|
Certificado de residencia
|
06
|
Otro documento probatorio
|
- Código País. El Código de país asociado, debe cumplir la normativa ISO 3166-1(alpha 2 codes). En aquellas empresas que actualmente su tabla de Códigos no esté equiparada a la ISO solicitada deben recodificar los valores actuales.
Datos de la Factura – Cabecera
La mayoría de los datos necesarios para la obtención del SII existen en MD NAV. A continuación se detallan los de nueva creación, o bien ya existentes pero con trascendencia importante.
- Nº Serie + Nº Factura: Este dato existe en la información actual de MD NAV. Es importante la configuración de este valor, por ser dato único en el sistema, es decir, la configuración de las numeraciones de las facturas debe estar preparada para no repetir el ID (Nº Factura/Abono) incluso entre años diferentes.
-
Fecha Operación: Para poder dar agilidad a las diferentes fechas necesarias, se añade un nuevo campo de fecha para indicar la Fecha de Operación. Su valor por defecto es el mismo que el indicado en la Fecha de Registro.
En función de la casuística de la Operación (Nacional, UE, Import) la fecha de Operación se aplica con criterios distintos. Por ejemplo, en operaciones Intracomunitarias, la fecha de Operación se corresponde a la fecha de la entrega/recepción de la mercancía, y no a la fecha de registro de la factura.
Además, los plazos de fecha de las Operaciones, en función del momento en el tiempo que sucedan, pueden tener oscilación en las fechas, siempre respetando los periodos (16/MM..15/MM+1).
-
Tipo Factura: Se añade un nuevo campo (del tipo “Option”) para indicar el valor correspondiente a la clave del Tipo de Factura. Los valores posibles son:
F1
|
Factura
|
Valor por defecto que se incluye en la cabecera de la factura.
|
F2
|
Factura Simplificada
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura
|
R1
|
Factura Rectificativa
|
Valor por defecto que se incluye en la cabecera del abono
|
R2
|
Factura Rectificativa (Concurso)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
R3
|
Factura Rectificativa (Deuda incobrable)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
R4
|
Factura Rectificativa (Resto)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
R5
|
Factura Rectificativa (Simplificada)
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
F3
|
Factura emitida en sustitución
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
F4
|
Asiento resumen de facturas
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
F5
|
Importaciones (DUA)
|
Contabilización del DUA
|
F6
|
Otros
|
Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura rectificativa
|
- Tipo Rectificativa: Se añade un nuevo campo (del tipo “Option”) en abonos para indicar el valor correspondiente a la clave del Tipo de Rectificativa. Los valores posibles son:
ID
|
Tipo
|
Comentario
|
S
|
Sustitutiva (Por sustitución)
|
Identificación de por sustitución. Valor existente en las opciones de campo, sin automatizar. Es responsabilidad del usuario indicar el cambio de tipología de la factura.
|
I
|
Incremental (Por diferencias)
|
Valor por defecto que se incluye en la cabecera del abono.
|
- Identificación factura rectificada /Fecha de registro factura rectificada: La información de la Factura que rectifica el abono, puede cumplimentarse en el SII siempre que en MD NAV se informe del campo “Nº Factura corregida”.
- Clave Operación (Identificación de Operaciones con trascendencia tributaria). Se crea una nueva tabla para incluir los valores posibles, con las descripciones correspondientes, incorporando en la tabla el texto relacionado con el campo “Descripción de la Operación”. En la cabecera de la factura/abono se incluye un nuevo campo para indicar el valor correspondiente en cada caso.
Recibidas
|
01
|
Operación de régimen general
|
|
02
|
Operaciones por las que los empresarios satisfacen compensaciones REAGYP (Agricultura, Ganadería y Pesca)
|
|
03
|
Operaciones a las que se aplique el régimen especial de bienes usados, objetos de artes, antigüedades y objetos de colección
|
|
04
|
Régimen especial oro de inversión
|
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05
|
Régimen especial agencias de viajes
|
|
06
|
Régimen especial grupo de entidades en IVA (Nivel avanzado)
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|
07
|
Régimen especial criterio de caja
|
|
08
|
Operaciones sujetas al IPSI / IGIC
|
|
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Adquisiciones intracomunitarias de bienes y prestaciones de servicio
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Compra de agencias de viajes: Operaciones de mediación en nombre y por cuenta ajena en los servicios de transporte al destinatario de servicios.
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Facturación de las prestaciones de servicios de agencias de viajes que actúan como mediadoras en nombre y por cuenta ajena
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Operaciones de arrendamiento de local de negocio
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Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA)
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Aduana: En las facturas recibidas con relación el documento DUA, debe informarse tanto el Número de DUA como la fecha de Registro del mismo.
Para poder contemplar los datos necesarios del SII, la contabilización del DUA debe realizarse de forma específica.
Datos de la Factura – Tipo de desglose
Para cada una de las facturas, debe cumplimentarse el Tipo de Desglose de los importes con sus porcentajes de impuesto correspondientes como el Desglose por Tipo de operación.
En el caso de la emisión de facturas en ámbito nacional, debe cumplimentarse el apartado de Desglose Factura, pero en el caso de transacciones de ventas al extranjero es necesario cumplimentar el Desglose del Tipo de Operación (Servicios y Entregas)
El sistema conoce el Tipo de Desglose por la información incluida en los Grupos Registro de IVA.
Desglose Factura
Desglose Factura
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ISP
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Tipo Impositivo
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% aplicado sobre la BI para calcular la Cuota
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Base Imponible
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Base imponible sobre la cual se aplica el %
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Cuota Soportada
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Cuota resultante de la aplicación del % a la Base imponible
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Rec. Equivalencia
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% de Recargo de Equivalencia asociado a % IVA
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Desglose IVA
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Tipo Impositivo
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% aplicado sobre la BI para calcular la Cuota
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Base Imponible
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Base imponible sobre la cual se aplica el %
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Cuota Soportada
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Cuota resultante de la aplicación del % a la Base imponible
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Rec. Equivalencia
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% de Recargo de Equivalencia asociado a % IVA
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% REAGYP
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% compensación REAGYP
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Importe REAGYP
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Importe compensación REAGYP
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Libro Bienes de Inversión (Funcionalidad no incluida)
La factura original (expedida o recibida) del Bien de Inversión debe contemplarse en el Libro correspondiente (Libro de Facturas recibidas)
Libro Determinadas Operaciones Intracomunitarias
Libro de Operaciones de trascendencia tributaria con carácter anual
Se engloban dentro de este Libro aquellas operaciones relacionadas con el Criterio de Caja y Cobros en efectivo.
Proceso
La captura de los datos necesarios para la emisión de los mensajes XML se obtiene a partir de la información automatizada en las configuraciones, ficha de empresa, ficha de terceros y las transacciones (Facturas y Abonos)
A partir de las configuraciones y datos registrados en las facturas, se realiza un proceso, concatenado al registro de las facturas, responsable de cumplimentar en una nueva tabla intermedia (AEAT – SII) con los datos obtenidos, añadiendo valores del mapeo o calculados facilitando de esta forma el cumplimiento máximo de información.
Este proceso, a su vez, permite añadir datos faltantes de forma manual por el usuario, que no pueden obtenerse ni de los datos de registro de las facturas, ni de las configuraciones establecidas, bien sea por no tener la información en el momento del registro de las facturas, como por datos muy específicos de negocio no contemplados en la gestión desarrollada.
Antes del envío de la información a la AEAT, el proceso chequea la información previa y una vez comprobado que está en disposición del envío, mediante Cola de Proyectos (NAS) se cumplimenta los Web Services de la AEAT.
El proceso, recoge los mensajes de retorno por parte de la AEAT para poder archivar el documento definitivamente (no hacer ninguna acción con él por tener la aceptación por parte de la AEAT) o bien realizar la rectificación correspondiente y volver a enviar el mensaje.
Facturas / Abono
Es muy importante, tanto en la introducción de las facturas de emisión como en las de recepción, unificar en una transacción un único concepto de Tipo de factura como de Clave de Operación, ya que no se contempla en SII mezclas de conceptos.
Al igual que en una factura/abono registrado en MD NAV, no es posible realizar ningún cambio de los datos. Si fuese necesario, el cambio se realiza desde la pantalla de Gestión del SII.
Gestión SII
Para poder gestionar todo el tráfico de datos entre MD NAV y la salida de los mensajes XML, se crea una nueva pantalla, relacionada con la nueva tabla AEAT – SII, como repositorio de los datos tanto para su ejecución como posteriores consultas.
Desde esta pantalla se puede visualizar todos los campos necesarios a declarar, estén o no cumplimentados. Además se añaden los campos necesarios para la situación de cada envío, respuesta de la AEAT y modificación (en el caso de error).
Los registros mostrados en la pantalla inicial, son los que todavía no se han enviado a la AEAT, y así limitar la pantalla inicial de entrada sólo con los datos de uso a mano. Para el resto de consultas, pueden crearse vistas de la pantalla con otros filtros indicados.