Ya queda pocos meses para que entre en vigor el SII o Suministro Inmediato de Información. Las empresas tienen que ir preparándose ya que, a partir del 1 de julio, dispondrán de ocho días para enviar a la Agencia Tributaria el detalle de las facturas emitidas y recibidas.

Y lo que tienen que reportar estas empresas son ciertos campos de información de las facturas, como la fecha de expedición, la razón social del destinatario, la base imponible, el tipo de factura entre otros campos.

Hacienda ha ido comunicando, que también se les exigirá a las empresas que tengan que atenerse al SII, a que envíen los registros de facturación del primer semestre con los programas de gestión del SII.

Recientemente ha habido un pequeño cambio, y las empresas adscritas al Redeme (Registro de Devolución Mensual del IVA) estarán exentas de entregar las facturas (emitidas y recibidas) del periodo comprendido entre enero y junio de este año a través del SII, pues estas empresas ya facilitarán la información sobre el primer semestre del 2017 al cumplimentar el modelo 340.

Como ya hemos comentado anteriormente, el SII afectará a las empresas que facturan más de seis millones de euros, a las empresas que estén inscritas en el Registro de devolución Mensual del IVA y a los grupos de IVA, pero ojo, porque son solo las empresas adheridas al régimen de devolución mensual las que no van a tener que presentar los datos de facturación del primer semestre con el SII, y esto corresponde a un 60% de las empresas a las que les afecta el SII.

¿Dónde podemos revisar esta información?

Actualmente hay un borrador en la página web de la Agencia Tributaria; el texto, como no es definitivo, no incluye la decisión de este nuevo cambio, pero aparecerá en la orden ministerial que regula las especificaciones normativas y técnicas del SII.
Actualmente, podemos consultarlo en un borrador en la página web de la Agencia Tributaria. Esto se va a incluir en la orden ministerial que regula las especificaciones normativas y técnicas del SII, que será publicado en breve.

Con esta medida, la Agencia Tributaria, que defiende que los cambios tecnológicos permiten un avance en la gestión, hará que las empresas lleven sus libros registros a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria y de este modo, actualizar la información de la facturación de cada una de ellas en casi en tiempo real.

Las empresas han manifestado el coste que les va a suponer modificar las aplicaciones informáticas, ya que es un gran cambio el que supone esta nueva ley a la hora de gestionar el IVA. La Agencia Tributaria señala que este proyecto SII supondrá la supresión de obligaciones formales al eliminar los modelos 347, 340 y 390. La puesta en marcha del SII también supone una ampliación del periodo de presentación de las autoliquidaciones que ha pasado de ser de 20 días a los primeros 30 días naturales del mes siguiente al periodo de referencia.

Fuente: Cincodías.com